A 23 de octubre de 2026, Verifactu sigue siendo obligatorio el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos, aunque Hacienda ha anunciado que lo aplazará a octubre de 2028. La factura electrónica entre empresas ya tiene fechas firmes, octubre de 2027 y octubre de 2028, pero no afecta a los tickets que haces a particulares en tu tienda física.
Si tienes una tienda, este otoño habrás oído de todo. Que Verifactu se retrasa otra vez, que ahora todas las facturas tienen que ser electrónicas, que hay que cambiar de programa de caja ya. Parte es verdad y parte es una mezcla de dos normas distintas que salieron en el BOE el mismo mes.
Verifactu y factura electrónica: dos normas que llegan juntas
Verifactu trata de cómo registra tu programa de caja cada venta. Cada ticket y cada factura queda encadenado al anterior con una huella, lleva un QR que el cliente puede cotejar con la Agencia Tributaria y, si así lo eliges, se envía a la AEAT en el momento. Afecta a todo lo que emites, también al ticket de 3,50 € de un cliente que pasa por la tienda. Lo regula el Real Decreto 1007/2023.
La factura electrónica trata de en qué formato se mandan las facturas entre empresas. No vale un PDF por email: tiene que ser un archivo estructurado que se intercambia a través de la solución pública de la AEAT o de una plataforma privada. Viene de la Ley Crea y Crece y la desarrolla el Real Decreto 238/2026.
La diferencia que importa para una tienda: Verifactu toca cada venta del mostrador y la factura electrónica solo las ventas a otras empresas o autónomos.
¿Cuándo es obligatorio Verifactu, en 2027 o en 2028?
Las fechas que están hoy en vigor son las del Real Decreto-ley 15/2025, de diciembre del año pasado. Si tu tienda es una sociedad (SL, SA) que paga el Impuesto sobre Sociedades, tu programa de caja tiene que cumplir Verifactu desde el 1 de enero de 2027. Si eres autónomo, desde el 1 de julio de 2027.
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que anuncia que esas obligaciones se aplazarán hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica de las empresas que facturan menos de 8 millones al año. El objetivo, dice la nota, es que las dos normas converjan y no haya que adaptarse dos veces.
El matiz importante es que es un anuncio. La propia sede de la AEAT lo llama «previsión de ampliación del plazo», y mientras no se publique una norma en el BOE que cambie las fechas, las de 2027 siguen siendo las legales. Lo más probable es que el aplazamiento se apruebe, pero planificar contando con él antes de que salga en el BOE es arriesgado.
La misma nota deja claro que lo que pide Verifactu no va a cambiar en lo esencial: integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros se mantienen «en términos sustancialmente equivalentes». Si ya trabajas con un sistema adaptado, no has perdido el tiempo.
Dos excepciones, por si te tocan. Si llevas el IVA por el SII no tienes que aplicar Verifactu. Y si tu tienda está en el País Vasco o en Navarra, tu calendario es el de tu hacienda foral (TicketBAI y Batuz en el País Vasco), no este.
¿A qué ventas de tu tienda afecta la factura electrónica?
Aquí viene la parte tranquilizadora. La factura electrónica obligatoria es solo entre empresarios y profesionales. Si vendes a un particular no te afecta. Y el artículo 4 del Real Decreto 238/2026 deja fuera expresamente las operaciones documentadas con factura simplificada, que es lo que es un ticket.
O sea, en un día normal de mostrador, con clientes particulares que pagan y se van con su ticket, la factura electrónica no cambia nada.
Cambia en dos situaciones. La primera, cuando el cliente es un autónomo o una empresa y te pide factura con sus datos, ya sea una factura completa o un ticket con su NIF y su domicilio para deducirse el IVA (la norma lo llama factura simplificada «cualificada», y esa sí entra). Esa factura tendrá que ser electrónica cuando te llegue la fecha. La segunda está al otro lado del mostrador: las facturas de tus proveedores. Te llegarán en formato electrónico y, más adelante, tendrás que comunicar a Hacienda cuándo las pagas.
El calendario sí es firme. Arranca desde la Orden HAC/1028/2026, que entró en vigor el 6 de octubre de 2026, y la AEAT lo resume en su calendario de implantación:
6 de octubre de 2027: empresas que facturan más de 8 millones al año. Emiten y reciben facturas electrónicas y comunican el estado de pago.
6 de octubre de 2028: todos los demás empresarios y profesionales, es decir, casi todas las tiendas. Las sociedades también empiezan a comunicar el estado de pago.
6 de octubre de 2029: los autónomos comunican el estado de pago de las facturas que reciben.
Lo más probable es que tus proveedores grandes te manden facturas electrónicas a partir de octubre de 2027, un año antes de que tú tengas que emitirlas. Recibirlas no requiere nada especial: la solución pública de la AEAT es gratuita y se entra con certificado o Cl@ve.
Qué haría ahora con la caja de la tienda
No esperaría a 2028 para tener la caja en regla. Los fabricantes de software de facturación ya están obligados a vender programas adaptados desde el 29 de julio de 2025, así que si cambias de programa de caja ahora, elige uno que ya emita tickets con QR y huella. Si el aplazamiento se confirma, tendrás un año de margen para acostumbrarte sin prisas. Si no se confirma, enero o julio de 2027 están a la vuelta de la esquina.
Mira también qué parte de tus ventas son a empresas y autónomos. En una tienda de ropa o una librería suele ser muy poca, y en una papelería con clientes de oficina, una ferretería o una tienda de informática puede ser buena parte. Cuanto más vendas a empresas, más te conviene que el programa de caja deje hacer la factura completa al cobrar con los datos del cliente y que esas facturas se puedan sacar luego en el formato que pida la norma.
Si vendes también por internet, mira que la caja y la tienda online numeren y registren las ventas en el mismo sitio. Es lo que hace un TPV para WooCommerce como el Mostrador TPV de Factukit: los tickets del mostrador y los pedidos de la web van al mismo panel de facturas, cada uno con su QR, y tú decides por empresa si se presentan a Verifactu. De paso, te ahorras el problema del stock descuadrado que contamos en cómo vender en tu tienda física con el mismo stock que tu WooCommerce.
Y una costumbre que sirve para todo esto: cuando leas «Verifactu se retrasa» o «ya es obligatorio», busca si lo dice el BOE o solo una nota de prensa. Este artículo lo actualizaremos cuando el aplazamiento a 2028 se publique, o si no se publica.


